Política de responsabilidad social

POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DE HAMILTON BEACH

Hamilton Beach Brands, Inc., se compromete a alcanzar los más altos estándares de conducta ética y legal para sí misma y para sus socios comerciales. Hamilton Beach selecciona con cuidado a sus socios de fabricación, creando relaciones a largo plazo con personas entregadas a nuestros estándares rigurosos. Estos altos estándares incluyen las condiciones de trabajo bajo las cuales se fabrican nuestros productos.

Somos líderes de la industria y nos esforzamos para mejorar las condiciones laborales dentro de las instalaciones de nuestros socios fabricantes. Al igual que con los estándares de seguridad de los productos, hemos tratado de elevar las exigencias de responsabilidad social para toda nuestra industria. Nuestros acuerdos con proveedores requieren que se adhieran a los principios básicos de derechos humanos. Además, hemos desarrollado una detallada Política de Responsabilidad Social a la que han de adherirse todos nuestros proveedores. Desarrollamos esta política en el año 2002.

Contamos con una agencia independiente que audita el cumplimiento de nuestros proveedores con la Política de Responsabilidad Social. Por lo general, los requisitos de ésta Política de Responsabilidad Social brindan una mayor protección a los trabajadores que la requerida por las leyes y regulaciones locales aplicables en las jurisdicciones donde se fabrica el producto.

Resumen de las disposiciones fundamentales de nuestra Política de Responsabilidad Social:

  • Todos los proveedores deben operar en total conformidad con todas las leyes, normas y reglamentos aplicables en los países donde fabrican, incluidos, entre otros, los relacionados con la mano de obra, la salud, y la seguridad de los empleados y el medio ambiente.
  • Cuando nuestro estándar de responsabilidad social difiera de las leyes locales, nuestros proveedores deben seguir el estándar más estricto.
  • Disposiciones de tolerancia cero
    • Trabajo infantil: no se permite el empleo de personas menores de 16 años o menores de la edad de finalización de la educación obligatoria
    • Trabajo forzado: no se permite el trabajo forzado, penitenciario ni de servidumbre
    • Acoso o abuso: no se permite el acoso o abuso físico, sexual, psicológico o verbal
    • Traslados/país de origen: Se requiere el cumplimiento obligatorio de las leyes de importación de aduanas de EE. UU.
  • Planes de acción correctiva obligatorios
    • Discriminación prohibida
    • La compensación y los beneficios deben cumplir o exceder los mínimos establecidos por las leyes locales, con pago de primas por horas extra trabajadas
    • Horario de trabajo y horas extras: Se ha de mantener horarios de trabajo razonables, incluyendo un mínimo tiempo libre cada semana
    • Condiciones de trabajo/salud y seguridad: Se debe cumplir o superar los mínimos requisitos establecidos por las leyes locales, con instalaciones y protecciones adecuadas contra la exposición a condiciones o materiales peligrosos
    • Medio ambiente: debe cumplir o superar los mínimos requisitos establecidos por las leyes locales.

LEY DE TRANSPARENCIA EN LA CADENA DE SUMINISTRO DE CALIFORNIA DE 2010
La Ley de Transparencia en la Cadena de Suministro de California de 2010 tiene como objetivo informar a los consumidores si ciertos bienes son producto del tráfico de personas y de la esclavitud. La Ley exige que los fabricantes y minoristas que hacen negocios en California y tengan más de $100 millones de dólares de ingresos brutos a nivel mundial "publiquen sus esfuerzos para erradicar la esclavitud y el tráfico de personas en su cadena de suministro directo de bienes tangibles ofrecidos a la venta". Si bien la Ley abarca solo un aspecto de la responsabilidad social, Hamilton Beach apoya plenamente el objetivo de esta ley.

  • Hamilton Beach participa en la verificación de los proveedores para evaluar y abordar diversos riesgos, incluyendo, entre otros, el tráfico de personas y la esclavitud.
  • Hamilton Beach realiza auditorías de proveedores para evaluar el cumplimiento con nuestros estándares de responsabilidad social, incluyendo, entre otros, las prohibiciones contra el tráfico de personas y la esclavitud.
  • Hamilton Beach exige que los proveedores directos certifiquen que los materiales integrados en sus productos cumplan con las leyes de los países donde se venden, incluyendo, entre otras, las leyes que prohíben la esclavitud y el tráfico de personas.
  • Hamilton Beach mantiene normas y procedimientos internos de responsabilidad para los empleados y contratistas que no cumplen con nuestras normas, incluyendo, entre otras, las prohibiciones contra la esclavitud y el tráfico de personas.
  • Hamilton Beach brinda capacitación sobre los estándares de responsabilidad social a los empleados con responsabilidad directa en la gestión de la cadena de suministro, incluyendo, entre otras, las prohibiciones contra el tráfico de personas y la esclavitud, a fin de lograr los más altos estándares de conducta legal y ética para sí misma y para sus socios comerciales y para garantizar el cumplimiento de todas las leyes.

ASOCIACIÓN ADUANERA-COMERCIAL CONTRA EL TERRORISMO (CT-PAT)
Hamilton Beach ha sido parte de la CT-PAT desde julio de 2005. En asociación con el Departamento de Seguridad Nacional, la cadena de suministro de Hamilton Beach ha sido evaluada por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los EE. UU. para cumplir con el "nivel más alto de seguridad de la carga".

MINERALES EN CONFLICTO

  • Hamilton Beach cumplirá con la Ley Dodd-Frank de Reforma y Protección al Consumidor de Wall Street (la "Ley") y las regulaciones promulgadas de conformidad con la Ley de abastecimiento de minerales en conflicto y la debida diligencia de la cadena de suministro de acuerdo con la Guía de diligencia para cadenas de suministro responsables de minerales de áreas afectadas por conflictos y de alto riesgo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Los “minerales en conflicto” se definen como columbita-tantalita, casiterita, oro, wolframio o sus derivados, y cualquier otro mineral/derivado determinado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos para financiar conflictos en la República Democrática del Congo o cualquier país adyacente (la RDC).
  • Hamilton Beach se compromete a obtener componentes y materiales de empresas que comparten nuestros valores con respecto al respeto de los derechos humanos, la integridad y la responsabilidad ambiental. No toleraremos ni facilitaremos de ninguna manera el abuso de los derechos humanos asociado con la extracción, el transporte y el comercio de minerales en conflicto en la RDC.
  • Con este fin, Hamilton Beach creó procesos y procedimientos para cumplir con la Ley, que incluyen comunicar nuestros requisitos de minerales en conflicto a nuestros proveedores y trabajar con ellos para cumplir con la Ley. A su vez, cada proveedor debe informar a su cadena de suministro nuestros requisitos y realizar la diligencia debida necesaria para determinar la fuente de cualquier mineral en conflicto en los productos que nos proporciona.
  • Para obtener más información, contacta a Hamilton Beach en conflictminerals@hamiltonbeach.com
  • Haz clic aquí para acceder al formulario SD de Hamilton Beach Brands Holding Company.

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